Resolución de 25 de marzo de 2020, del Director de Política Financiera, por la que se autoriza el cobro de la prestación por desempleo a los socios de EPSV sometidos a un ERTE o a un ERE por razón de fuerza mayor debida al impacto del COVID-19
2. En los supuestos de ERTEs el importe de la prestación a cargo de la EPSV, equivaldrá a la diferencia entre el 100% de la base reguladora sobre la que se calcula la prestación por desempleo y el % de la base reguladora que perciba el trabajador como consecuencia del ERTE. percibiendo de este modo dicho socio el 100% de dicha base.
3. En los supuestos de ERE el socio tendrá derecho a cobrar la prestación en las mismas condiciones que la prestación por desempleo regulada en la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre EPSV y en el Decreto 203/2015, de 27 de octubre, que aprobó el Reglamento de la citada Ley.
4. El derecho al cobro surge desde el mismo día en que el socio sea sometido a un ERTE o a un ERE por su empresa derivado de la situación de alarma sanitaria por razón del COVID-19 y hasta la fecha en que este finaliza.
5. A los efectos del cobro de la prestación el socio deberá aportar a su EPSV el documento que acredite estar afectado por un ERTE o ERE, la última nómina y el justificante del cobro por parte del SEPE, debiendo acreditar esta situación mensualmente.
6. Los trabajadores autónomos, del mismo modo, podrán percibir esta prestación con los mismos requisitos e importes, si sufren una pérdida o cancelación de actividad como consecuencia del COVID-19 y tienen el derecho a cobrar la prestación por desempleo.
7. Las Haciendas Forales son las competentes en materia fiscal en relación con las prestaciones aquí reguladas.
8. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la página web del Departamento de Economía y Hacienda.
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